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Con
esta reforma se avanza en la conformación de un marco jurídico que complemente
al Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción.
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Durante
la sesión extraordinaria se le dio primera lectura al dictamen de reforma
Constitucional para reducir el número de diputados locales y regidores.
Penas que van
desde los 3 meses hasta los 15 años en prisión, multas económicas y la
inhabilitación temporal o destitución definitiva para desempeñar cargos
públicos, dependiendo de la gravedad del hecho realizado, son algunas de las
reformas al Código Penal para el Estado de Sinaloa que aprobó de manera unánime
el Pleno de la LXII Legislatura, para castigar las conductas de los servidores
públicos que incurren en los delitos de abuso de autoridad, peculado y cohecho.
Con la
aprobación del dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y Gobernación, y de Justicia, Sinaloa cuenta a partir de su
publicación, con instrumentos legales que permitan a las autoridades
aplicadoras de la Ley la persecución de quienes incurran en este tipo de actos,
cuidando la proporcionalidad de las penas conforme a la gravedad del acto.
En el
documento, se establece como supuesto del delito de abuso de autoridad del
servidor público, cuando impida la grabación de audios, vídeos o imágenes de
escenas pública que no atenten contra la vida privada de las personas, ni
perturben u obstaculicen los protocolos establecidos por la autoridad; o
ejecuten cualquier otro acto arbitrario o atentatorio a los derechos
garantizados en la Carta Magna y en la Constitución Política Local.
Se precisa
que en caso de que un particular denuncie ante el ministerio público dentro de
los 15 días siguientes a un acto de entrega a un servidor público de dinero o
cualquier otra dadiva, se le exime de responsabilidad, buscando con ello
incentivar la denuncia en actos de corrupción.
Por otra
parte, el Pleno conoció el dictamen elaborado por la Comisión de Puntos
Constitucionales y Gobernación, sobre iniciativas en materia político-electoral
presentadas por el Ejecutivos del Estado, diputados del Partido Sinaloense Y el
diputado Juan Pablo Yamuni Robles (PAN), a efecto de adaptar la estructura del
estado a las nuevas realidades políticas y sociales que existen en la entidad.
En el
documento se propone la reducción de diputados locales, pasando de 40 a 30, de
los cuales 18 serían de mayoría relativa y 12 plurinominales, precisando que
“en ningún caso un partido político podrá contar con más de 18 diputados por
ambos principios” y que sea el Instituto Nacional Electoral el encargado de
realizar la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales.
Para la
elección de los 12 Diputados según el principio de representación proporcional
y el sistema de listas de candidatos, el territorio del Estado se podrá dividir
en una circunscripción plurianual. La ley determinará la forma de establecer la
demarcación territorial de esta circunscripción.
Para que un
partido político obtenga el registro de sus listas para la elección de
diputados de representación proporcional, deberá acreditar que participa con
candidatos a diputados de mayoría relativa en por lo menos 10 distritos
uninominales.
Mientras que
en lo correspondiente a la integración de los cabildos, los ayuntamientos de
Ahome, Guasave, Culiacán y Mazatlán, contarían con un Presidente Municipal, un
Síndico Procurador, 7 regidores de mayoría relativa y 5 plurinominales.
El Fuerte,
Sinaloa, Salvador Alvarado, Mocorito, Navolato, Rosario y Escuinapa contarían
con un Presidente Municipal, un Síndico Procurador, 5 regidores de mayoría
relativa y 4 plurinominales.
En tanto,
Choix, Angostura, Badiraguato, Cosalá, Elota, San Ignacio y Concordia tendrían
un Presidente Municipal, un Síndico Procurador, 3 regidores de mayoría relativa
y 3 plurinominales.
Señala en los
transitorios que la reforma al artículo 24 relativa a la integración del
Congreso, entrará en vigor el primero de febrero de 2020, para ser aplicable al
proceso electoral local 2020-2021, además de que el Congreso del Estado tendría
un plazo de 60 días posteriores al inicio de la vigencia del decreto, para
armonizar la legislación electoral del Estado conforme al artículo 112 de la
Constitución Política, asimismo, en un plazo que no deberá exceder el primero
de febrero de 2020 conforme al artículo 24 de la Constitución local.
Antes de
clausurar la sesión, se programó el dictamen para su discusión en una sesión extraordinaria
el próximo viernes a las 11:00 horas.
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