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miércoles, 22 de marzo de 2017

Incrementa LXII Legislatura penas por abuso de autoridad, peculado y cohecho


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Con esta reforma se avanza en la conformación de un marco jurídico que complemente al Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción.
-          Durante la sesión extraordinaria se le dio primera lectura al dictamen de reforma Constitucional para reducir el número de diputados locales y regidores.
Penas que van desde los 3 meses hasta los 15 años en prisión, multas económicas y la inhabilitación temporal o destitución definitiva para desempeñar cargos públicos, dependiendo de la gravedad del hecho realizado, son algunas de las reformas al Código Penal para el Estado de Sinaloa que aprobó de manera unánime el Pleno de la LXII Legislatura, para castigar las conductas de los servidores públicos que incurren en los delitos de abuso de autoridad, peculado y cohecho.
Con la aprobación del dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, y de Justicia, Sinaloa cuenta a partir de su publicación, con instrumentos legales que permitan a las autoridades aplicadoras de la Ley la persecución de quienes incurran en este tipo de actos, cuidando la proporcionalidad de las penas conforme a la gravedad del acto.
En el documento, se establece como supuesto del delito de abuso de autoridad del servidor público, cuando impida la grabación de audios, vídeos o imágenes de escenas pública que no atenten contra la vida privada de las personas, ni perturben u obstaculicen los protocolos establecidos por la autoridad; o ejecuten cualquier otro acto arbitrario o atentatorio a los derechos garantizados en la Carta Magna y en la Constitución Política Local.
Se precisa que en caso de que un particular denuncie ante el ministerio público dentro de los 15 días siguientes a un acto de entrega a un servidor público de dinero o cualquier otra dadiva, se le exime de responsabilidad, buscando con ello incentivar la denuncia en actos de corrupción.
Por otra parte, el Pleno conoció el dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, sobre iniciativas en materia político-electoral presentadas por el Ejecutivos del Estado, diputados del Partido Sinaloense Y el diputado Juan Pablo Yamuni Robles (PAN), a efecto de adaptar la estructura del estado a las nuevas realidades políticas y sociales que existen en la entidad.
En el documento se propone la reducción de diputados locales, pasando de 40 a 30, de los cuales 18 serían de mayoría relativa y 12 plurinominales, precisando que “en ningún caso un partido político podrá contar con más de 18 diputados por ambos principios” y que sea el Instituto Nacional Electoral el encargado de realizar la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales.
Para la elección de los 12 Diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas de candidatos, el territorio del Estado se podrá dividir en una circunscripción plurianual. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de esta circunscripción.
Para que un partido político obtenga el registro de sus listas para la elección de diputados de representación proporcional, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados de mayoría relativa en por lo menos 10 distritos uninominales.
Mientras que en lo correspondiente a la integración de los cabildos, los ayuntamientos de Ahome, Guasave, Culiacán y Mazatlán, contarían con un Presidente Municipal, un Síndico Procurador, 7 regidores de mayoría relativa y 5 plurinominales.
El Fuerte, Sinaloa, Salvador Alvarado, Mocorito, Navolato, Rosario y Escuinapa contarían con un Presidente Municipal, un Síndico Procurador, 5 regidores de mayoría relativa y 4 plurinominales.
En tanto, Choix, Angostura, Badiraguato, Cosalá, Elota, San Ignacio y Concordia tendrían un Presidente Municipal, un Síndico Procurador, 3 regidores de mayoría relativa y 3 plurinominales.
Señala en los transitorios que la reforma al artículo 24 relativa a la integración del Congreso, entrará en vigor el primero de febrero de 2020, para ser aplicable al proceso electoral local 2020-2021, además de que el Congreso del Estado tendría un plazo de 60 días posteriores al inicio de la vigencia del decreto, para armonizar la legislación electoral del Estado conforme al artículo 112 de la Constitución Política, asimismo, en un plazo que no deberá exceder el primero de febrero de 2020 conforme al artículo 24 de la Constitución local.
Antes de clausurar la sesión, se programó el dictamen para su discusión en una sesión extraordinaria el próximo viernes a las 11:00 horas.


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