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miércoles, 13 de septiembre de 2017

Propone Senador López Brito disminuir plazo para cumplimiento de sentencias


EN MATERIA ADMINISTRATIVA

El senador Francisco Salvador López Brito propuso reformar la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, con el fin de disminuir de cuatro meses a diez días el plazo para el cumplimiento de sentencias en materia administrativa.

Al presentar su iniciativa ante el pleno del Senado, López Brito aseguró que la reforma a los artículos 52, 57 y 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo simplificará y abreviará los procedimientos jurídicos-administrativos “en beneficio de los ciudadanos que acuden en demanda de justicia”.

El legislador por Sinaloa indicó que en junio de 2016 se publicó el decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de esta Ley, para regular el juicio contencioso administrativo federal.

Sin embargo, agregó, a pesar de que se redujo de 60 a 45 días el plazo legal para dictar las sentencias, no se contempló la disminución del plazo para el cumplimiento de las mismas.

En la práctica, continuó, no es funcional que se acorten los plazos para la emisión de la sentencia por parte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, si el plazo para el cumplimiento de ésta es de cuatro meses en el juicio ordinario.

Lo anterior, afirmó, es un plazo sumamente largo para un ciudadano que espera una justicia pronta y expedita

López Brito puso como ejemplo un juicio en el que un pensionado reclama del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) la actualización de su pensión; el cual podría tardar entre ocho y diez meses, aproximadamente, en ser resuelto por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Además, dijo, la revisión o el amparo respectivo ante el Tribunal Colegiado de Circuito tarda ocho meses, más los cuatro meses estipulados en la Ley de la materia para que la autoridad dé cumplimiento a la sentencia.

Por tanto, señaló, transcurren cerca de dos años para que personas adultas mayores puedan obtener el cumplimiento de una sentencia favorable a su derecho humano de percibir una pensión digna.

Lo anterior, consideró, “es una violación a lo establecido en nuestra Carta Magna. en su artículo 17 Constitucional, que establece que toda persona debe tener una justicia completa, expedita e imparcial.


La iniciativa, también suscrita por la senadora Mariana Gómez del Campo Gurza, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos para su análisis y dictaminación.

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