EN MATERIA ADMINISTRATIVA
El
senador Francisco Salvador López Brito propuso reformar la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo, con el fin de disminuir de cuatro
meses a diez días el plazo para el cumplimiento de sentencias en materia administrativa.
Al
presentar su iniciativa ante el pleno del Senado, López Brito aseguró que la
reforma a los artículos 52, 57 y 58 de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo simplificará y abreviará los procedimientos
jurídicos-administrativos “en beneficio de los ciudadanos que acuden en demanda
de justicia”.
El
legislador por Sinaloa indicó que en junio de 2016 se publicó el decreto por el
que se reformaron diversas disposiciones de esta Ley, para regular el juicio
contencioso administrativo federal.
Sin
embargo, agregó, a pesar de que se redujo de 60 a 45 días el plazo legal para dictar
las sentencias, no se contempló la disminución del plazo para el cumplimiento
de las mismas.
En
la práctica, continuó, no es funcional que se acorten los plazos para la
emisión de la sentencia por parte del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, si el plazo para el cumplimiento de ésta es de cuatro meses en
el juicio ordinario.
Lo
anterior, afirmó, es un plazo sumamente largo para un ciudadano que espera una
justicia pronta y expedita
López
Brito puso como ejemplo un juicio en el que un pensionado reclama del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) la
actualización de su pensión; el cual podría tardar entre ocho y diez meses, aproximadamente,
en ser resuelto por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Además,
dijo, la revisión o el amparo respectivo ante el Tribunal Colegiado de Circuito
tarda ocho meses, más los cuatro meses estipulados en la Ley de la materia para
que la autoridad dé cumplimiento a la sentencia.
Por
tanto, señaló, transcurren cerca de dos años para que personas adultas mayores
puedan obtener el cumplimiento de una sentencia favorable a su derecho humano
de percibir una pensión digna.
Lo
anterior, consideró, “es una violación a lo establecido en nuestra Carta Magna.
en su artículo 17 Constitucional, que establece que toda persona debe tener una
justicia completa, expedita e imparcial.
La
iniciativa, también suscrita por la senadora Mariana Gómez del Campo Gurza, se
turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos para su
análisis y dictaminación.
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