La mayor
tragedia del estado y del país es que los recursos públicos “se han venido manejando
en forma que no responde a los intereses generales de la sociedad”, señaló
Jaime Cinco Soto, al impartir la conferencia La Constitución de Sinaloa de 1922: sus antecedentes, jerarquía
y significado actual.
Destacó que a
últimas fechas se han llevado a cabo trabajos referentes al combate a la
corrupción, toda vez que se trata de una exigencia social, pero hay temas en
los que se puede mejorar, y como ejemplo puso el de la fiscalización, del cual
dijo es necesario cambiar el modelo de la revisión de la cuenta pública para
que la revisión deje de ser política y pase a ser jurisdiccional, para lo cual
es necesario crear los tribunales de cuenta, tal y como se lleva a cabo en países
europeos.
Dentro de las
actividades realizadas por el Congreso del Estado por el 95 Aniversario de la
Constitución local, aprovechó la oportunidad para indicar que los legisladores
sinaloenses han realizado grandes aportaciones a la Constitución, se ha ido a
la vanguardia en varios temas, anticipándose y modernizando la vida orgánica de
la entidad, como el hecho de que desde el 2008 se introdujo un capítulo
relativo a los derechos humanos, mientras que a nivel federal se hizo hasta
2011, el cual es más completo que el federal.
Agregó que con
95 años de vigencia la Carta Magna de Sinaloa adolece de problemas de retórica
con señalamientos que realmente no corresponden a la naturaleza del sistema que
nos rige, como el hablar de un estado libre y soberano, cuando no se puede
considerar que exista una soberanía pero sí una autonomía.
Dijo que intraestatalmente
la Constitución es la norma suprema, pero a nivel nacional lo es la Constitución
federal, los ordenamientos locales y federales tienen la misma jerarquía, pero
habrá de prevalecer la que esté de acuerdo con la constitución federal, pero
las leyes federales no tienen supremacía ante la Constitución local.
Llamó a los
diputados a que se expida la Ley Orgánica de los Derechos Humanos en Sinaloa,
toda vez que la Constitución en esa materia es de eficacia directa y vincula a
todos los poderes públicos, lo cual significa que cualquier violación a la
misma engendra responsabilidades y es necesario contar con el marco jurídico
que lo respalde.
Consideró
oportuno crear un tribunal constitucional local que no solo resuelva cuestiones
de inconformidad sino que ayude a frenar “el centralismo judicial que desde
siempre ha regido en el país”, enviando todo a los poderes federales cuando no
necesariamente son los mejores tribunales, pudieran ser los de mayor jerarquía
pero no los mejores.
Finalmente,
destaco que la Constitución local actual es la de más larga vigencia de las ocho
que han regido Sinaloa, siendo la primera la que se promulgó en 1831.
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