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jueves, 25 de mayo de 2017

Profepa clausuró construcción irregular de granja acuícola en Ahome


Los Mochis, Sin.-  La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal la construcción de bordería y estanquería para granja acuícola en el municipio de Ahome, Sinaloa, debido a que ésta no cuenta con la autorización en materia de Impacto Ambiental de SEMARNAT para su edificación.

En atención a una denuncia de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), personal de la PROFEPA detectó las obras con fines acuícolas en una superficie total aproximada de 64.771 hectáreas, consistentes en bordería perimetral y divisorios de tierra con préstamos laterales.

Además, los inspectores de esta Procuraduría observaron  tres estanques; un canal reservorio con longitud de 1,150 metros por 25 metros de ancho; dos drenes perimetrales para cosecha y descarga de aguas servidas, los cuales tienen longitudes de 552 metros y 1,302 metros con un ancho de 12 metros cada uno.

Por ello, la PROFEPA solicitó al inspeccionado la autorización correspondiente en materia de impacto ambiental, emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), sin embargo, durante la diligencia el responsable no mostró documento alguno.

En ese sentido, esta Procuraduría implementó como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de dichas obras y actividades, con fundamento en el articulo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

En virtud que las obras y actividades no se sometieron previamente a una evaluación en materia de impacto ambiental, la SEMARNAT queda en la incertidumbre de poder evaluar en forma previa los impactos o daños que se pudieran ocasionar durante la etapa de construcción.

Debido a ello, personal de la PROFEPA inició un Procedimiento Federal Administrativo a través del cual impondrá las medidas correctivas y en su caso las medidas de mitigación y compensación para la reparación de los daños ambientales ocasionados.

De acuerdo a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de evaluación de impacto ambiental, las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 30 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México, además de en su caso, la clausura definitiva total de las obras y actividades desarrolladas.

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