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martes, 4 de julio de 2017

Congreso del Estado con plena facultad para discutir y aprobar en su caso Cuentas Públicas

-          Plantean modificación al artículo 43 que indica exprofeso que pueden analizar, discutir y aprobar en el Pleno la revisión que haga la Auditoria Superior del Estado


Para puntualizar y que no exista duda alguna, la Comisión de Fiscalización a propuesta del diputado Tomás Amador, aprobó realizar modificaciones al artículo 43 de la Constitución del Estado de Sinaloa, indicando exprofeso la facultad que tiene el Congreso del Estado para discutir y aprobar en su caso, el informe general de resultado de las cuentas públicas que presente la Auditoria Superior del Estado.
Términos planteados en el dictamen que será propuesto al Pleno legislativo, dio a conocer la Comisión de Fiscalización en conferencia de prensa encabezada por su presidente José Menchaca López y sus compañeros, Víctor Corrales Burgueño, Crescenciano Espericueta Rodríguez, María Eugenia Medina y el propio Tomás Amador.
También expuso que en los transitorios señalan que los cambios a los artículos 37 en dos párrafos y al 43, entrarán en vigor 30 días después de su aprobación, garantizándose con ello que las cuentas del año 2016, tendrán el tratamiento tradicional de fiscalización.
Los legisladores plantearon que en ningún momento se pretende evitar que la ciudadanía ni los diputados se enteren de los detalles de las Cuentas Públicas y que el fundamento también tiene que ver en quitarle el interés político a la aprobación o no aprobación de las mismas, para que sea exclusivamente un ente técnico quien lo haga como lo es la Auditoria Superior del Estado.
“No le quitamos facultades al Congreso del Estado ni negamos la información a la ciudadanía, lo que buscamos de manera prioritaria es darle transparencia al análisis, revisión y discusión de las cuentas públicas”, explican.
En consecuencia, se privilegiará el trabajo que de forma autónoma debe realizar la Auditoria Superior del Estado atendiendo a sus facultades en materia de combate a la corrupción, estableciendo un esquema donde el pleno de ninguna manera se desvincule del análisis y conocimiento del contenido de las cuentas públicas.

Puntualizaron que el Pleno del Congreso tendrá la facultad, para en cualquier momento llamar a comparecer al Auditor Superior del Estado o a cualquier funcionario de dicho órgano, o asimismo, para solicitar y conocer del procedimiento para su remoción.

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