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Plantean modificación al artículo 43
que indica exprofeso que pueden analizar, discutir y aprobar en el Pleno la
revisión que haga la Auditoria Superior del Estado
Para puntualizar y que no exista duda alguna, la Comisión de
Fiscalización a propuesta del diputado Tomás Amador, aprobó realizar
modificaciones al artículo 43 de la Constitución del Estado de Sinaloa,
indicando exprofeso la facultad que tiene el Congreso del Estado para discutir
y aprobar en su caso, el informe general de resultado de las cuentas públicas
que presente la Auditoria Superior del Estado.
Términos planteados en el dictamen que será propuesto al Pleno
legislativo, dio a conocer la Comisión de Fiscalización en conferencia de
prensa encabezada por su presidente José Menchaca López y sus compañeros,
Víctor Corrales Burgueño, Crescenciano Espericueta Rodríguez, María Eugenia
Medina y el propio Tomás Amador.
También expuso que en los transitorios señalan que los cambios a los
artículos 37 en dos párrafos y al 43, entrarán en vigor 30 días después de su
aprobación, garantizándose con ello que las cuentas del año 2016, tendrán el
tratamiento tradicional de fiscalización.
Los legisladores plantearon que en ningún momento se pretende evitar que
la ciudadanía ni los diputados se enteren de los detalles de las Cuentas
Públicas y que el fundamento también tiene que ver en quitarle el interés
político a la aprobación o no aprobación de las mismas, para que sea
exclusivamente un ente técnico quien lo haga como lo es la Auditoria Superior
del Estado.
“No le quitamos facultades al Congreso del Estado ni negamos la información
a la ciudadanía, lo que buscamos de manera prioritaria es darle transparencia
al análisis, revisión y discusión de las cuentas públicas”, explican.
En consecuencia, se privilegiará el trabajo que de forma autónoma debe
realizar la Auditoria Superior del Estado atendiendo a sus facultades en
materia de combate a la corrupción, estableciendo un esquema donde el pleno de
ninguna manera se desvincule del análisis y conocimiento del contenido de las
cuentas públicas.
Puntualizaron que el Pleno del Congreso tendrá la facultad, para en
cualquier momento llamar a comparecer al Auditor Superior del Estado o a
cualquier funcionario de dicho órgano, o asimismo, para solicitar y conocer del
procedimiento para su remoción.
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