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Avanza
el Congreso en la armonización de leyes en torno al Sistema Local
Anticorrupción.
El Congreso del Estado continúa con las reformas al
marco jurídico de la entidad con el objetivo de adecuarlo a la entrada en
vigor del Sistema Local Anticorrupción, y durante la sesión de este
día se aprobó el dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación.
Dicho documento realiza diversas modificaciones a la Ley de
Instituciones y Procedimientos Electorales, la del Sistema de Medios de
Impugnación en la materia Electoral y de Participación Ciudadana, la
Ley Orgánica de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Gobierno
Municipal, todas del Estado de Sinaloa.
Con estas reformas se incluyen aspectos
constitucionales como instituir el sistema local anticorrupción, así como las
bases de coordinación entre el Estado y sus Municipios para el funcionamiento
del mismo, conforme al marco que señala la ley General del Sistema Nacional
Anticorrupción y lo previsto en la que se propone, a fin de que las autoridades
competentes prevengan, investiguen y sancionen las faltas administrativas y los
hechos de corrupción, de servidores públicos y particulares.
Se faculta al
titular de la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas del Gobierno
del Estado, la designación y remoción de los titulares de los órganos internos
de control de las dependencias que conforman la Administración Pública Estatal
y Paraestatal, así como crear un órgano de coordinación de las instancias de
control interno para materializar dicho objetivo.
Además de que
se instituye al Tribunal de Justicia Administrativa como órgano competente para
imponer las sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades
administrativas que la ley determine como graves, y a los particulares que
participen en actos vinculados con las mismas, así como fincar a los
responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven
de los daños y perjuicios que afecten a la hacienda Pública estatal o al
patrimonio de los entes públicos
Del mismo modo, los diputados aprobaron reformar la Ley de Justicia
Administrativa con el objeto de cuyos
objetivos son la creación del Tribunal
de Justicia Administrativa, instituido en el artículo 109 Bis de la
Constitución Local, que formará parte del sistema estatal y municipal
anticorrupción; conocerá y resolverá las controversias que se susciten en relación con la legalidad, interpretación,
cumplimiento y efectos de actos, procedimientos y resoluciones de naturaleza
administrativa y fiscal, que emitan, ordenen, ejecutan o traten de ejecutar las
autoridades del Estado, de los Municipios, sus organismos descentralizados o
cualquier persona o inst9itcion que funja
como autoridad y cuya actuación afecte la esfera jurídica de los
particulares.
El Tribunal
de Justicia Administrativa del Estado, estará integrado por lo menos por siete
Magistrados Propietarios y ejercerá sus funciones con una Sala Superior y
mínimamente con tres Salas Regionales Unitarias, y cuando menos una Sala
Regional Unitaria Especializada en materia de responsabilidades
administrativas, los Magistrados que serán electos de las ternas que envíe el Ejecutivo
del Estado, por las dos terceras partes del voto de los diputados presentes en
el Congreso del Estado; su nombramiento será por siete años, prorrogables por
otro periodo igual y durante su encargo, sólo podrán ser removidos por incurrir
en violaciones graves a los derechos humanos, previstos por la Constitución
Política de los estados Unidos Mexicanos, la Local y tratados internacionales
de los que México es parte, incurrir en responsabilidad administrativa grave en
términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativos y la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado, entre otras.
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