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Tiene
por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Fiscalía, así como
crear las instancias y mecanismos que permitan la salvaguarda de los derechos
humanos
Los diputados
de la LXII Legislatura aprobaron el
dictamen de Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, que
tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Fiscalía, así
como crear las instancias y mecanismos que permitan la salvaguarda de los
derechos humanos apegado a los principios de constitucionalidad, debido
proceso, buena fe, autonomía, legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto a la dignidad humana.
Con ello se
establecerán también las bases específicas dentro del marco legal para su
debido procedimiento, y contribución al equilibrio constitucional y político
del Estado, con lo que se permitirá a la entidad estar acorde a las exigencias
de la sociedad, toda vez que “se podrá contar con un ordenamiento específico de
la materia que regule el funcionamiento del Fiscal General, y establezca las
bases y estructura para el desarrollo óptimo de sus atribuciones y funciones,
garantizando la procuración de justicia y el respeto irrestricto de los
derechos humanos”.
De acuerdo al
documento, en su integración, la Fiscalía General habrá de contar con una
Fiscalía Anticorrupción, misma que será especializada para el combate a la
corrupción en la entidad, y con la que se estaría complementando el trabajo del
Sistema Local Anticorrupción.
Con este
nuevo ordenamiento se definen las facultades del Ministerio Público: tiene como
función representar a la sociedad. A éste le compete la investigación de los
delitos del orden común cometidos en el territorio del estado y de manera
exclusiva, el ejercicio de la acción penal ante los tribunales, salvo los casos
previstos en la Ley; asimismo, intervendrá en todos los asuntos que esta Ley u
otras leyes al respecto establezcan.
La Fiscalía
General del Estado, como órgano público autónomo, dotado de personalidad
jurídica y patrimonio propios, promotor, respetuoso, protector y garante de los derechos humanos,
se regirá en su actuación por los principios de constitucionalidad, debido
proceso, buena fe, autonomía, legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto de la dignidad humana”.
Más adelante
especifica que dentro de a las facultades del
Ministerio Público están el “promover, respetar, proteger y garantizar
los derechos humanos, en el ámbito de su competencia, de conformidad con los
principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad;
iniciar la investigación que corresponda de oficio o a petición de parte,
cuando tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la Ley
correspondiente señale como delito, para lo cual deberá recabar la denuncia,
querella o requisito equivalente que establezca la Ley, formalizar la detención
de los probables responsables de la comisión de delitos en caso de flagrancia o
en casos urgentes, en los términos previstos en la Constitución Federal.
Durante su
discusión en el Pleno, se aprobó la reserva del articulo 28 realizada por la
diputada Emma Karina Millán Bueno (PRI), con la que se establecen las funciones
y obligaciones del Consejo Consultivo de la citada Fiscalía, el cual deberá de
actuar como órgano consultivo del Fiscal General en cuestiones técnicas y de
operación administrativas; opinar sobre los lineamientos generales
administrativos de actuación y reglas de operación de la Fiscalía General, lo
mismo que sobre los convenios que celebre con otras instancias el Fiscal
General; opinar y observar en la programación, organización, administración,
funcionamiento y operación del Fondo.
Esta nueva
Ley consta de Setenta y Dos Artículos Naturales así como de Doce Artículos
Transitorios.
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